Sucesiones en Venezuela
En Venezuela, las sucesiones se rigen por el Código Civil y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Constitución establece los principios fundamentales que rigen el sistema sucesorio en el país.
Principios
Según el artículo 348 de la Constitución, la sucesión se basa en el principio de igualdad y no discriminación. Esto significa que todas las personas, sin importar su género, religión, raza u orientación sexual, tienen el derecho de heredar y transmitir su patrimonio.
¿Qué garantiza?
Además, la Constitución garantiza el derecho a la propiedad ya la herencia, estableciendo que nadie puede ser privado de su patrimonio de manera arbitraria. Esto implica que los herederos tienen el derecho de recibir la herencia de acuerdo con las disposiciones legales.
¿Qué establece?
El Código Civil de Venezuela establece las reglas y procedimientos específicos para la sucesión. Establece que, en caso de fallecimiento de una persona, se debe realizar un proceso legal para determinar quiénes son los herederos legales y cómo se distribuirá la herencia.
El Código Civil también establece las diferentes formas de sucesión, como la sucesión intestada (cuando no hay testamento) y la sucesión testamentaria (cuando existe un testamento válido). Además, establece las reglas para la partición y distribución de la herencia entre los herederos.